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Al momento de dar el alta o renovar el seguro del auto, surgen algunas dudas en cuanto a la cobertura de daños materiales que brindan las aseguradoras en casos puntuales. Para evacuar todos los interrogantes haremos un rápido recorrido por los tipos de protecciones que se ofrecen en el mercado mexicano de seguros.

Básicamente todas las compañías aseguradoras se rigen por el siguiente esquema de tipos de cobertura :

A) Cobertura de responsabilidad civil o daños a terceros: adquiriendo esta póliza el titular del carro queda protegido de daños a terceros, defensa jurídica, gastos médicos a los ocupantes, pero queda exento de resguardo en daños materiales propios, robo del automóvil.

B) Cobertura limitada: adquiriendo esta póliza el titular del carro queda protegido de robo total del auto, daños a terceros, asistencia legal, gastos médicos a los ocupantes, asistencia vial, pero queda exento de resguardo en daños del auto propio.

C) Cobertura amplia: adquiriendo esta póliza el titular del carro queda protegido de daños materiales al auto, robo total del auto, daños a terceros, defensa jurídica, gastos médicos a los ocupantes.

El lector podrá observar que la cobertura daños materiales no se toma individualmente, sino que viene acompañada de otras protecciones que se agrupan a la manera de un paquete promocional. Aún cuando se adquiere el máximo de resguardo posible, hay que señalar que existen situaciones donde ninguna aseguradora lo indemnizará, a saber:

  • Conducir en Estado de Ebriedad. Si el alcoholímetro marca rojo y usted produce un siniestro, no habrá respuesta de tu compañía aseguradora.

  • Arrancones y Carreras Callejeras. Los autos se cubren bajo la premisa que se utilizarán de forma normal, exponerlos al alto riesgo en carreras ilegales y sufrir un siniestro es inaceptable para una aseguradora.

  • Sobrecarga de Pasajeros. Existen estándares fijados en la póliza que no permiten trasportar más personas que las indicadas en el manual de uso del carro, si no acata la regla y se accidenta tendrá que abonar los daños sin ayuda del seguro.

  • Daños Injustificados. Los choques a propósito, con intención de hacer una maldad, no son reconocidos por ninguna aseguradora.

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